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Monday, December 12, 2016

5. CONTRATOS MERCANTILES

5.CONTRATOS MERCANTILES
Un contrato mercantil o contrato comercial, es un negocio jurídico bilateral que tiene naturaleza jurídico-mercantil. En general, para que un contrato sea calificado de mercantil, debe referirse sobre actos de comercio, definidos según la legislación aplicable.

5.1 SOCIEDADES MERCANTILES
Como ocurre con cualquier tipo de sociedad, se trata de una institución a la cual la ley le reconoce personalidad jurídica propia y diferente de la que ostentan sus miembros y los cuales, dueñas de un patrimonio propio, destinarán sus actividades con un fin de lucro común, es decir, los beneficios que se obtengan de las mencionadas actividades serán percibidos por los socios.
Podemos distinguir tres elementos importantes: los económicos, conyugales y los sociales.

Su clasificación, por su lado, dependerá de varios criterios: de acuerdo al tipo de capital, de capital social , no podrá ser modificado sino por previa modificación de los estatutos y de capital variable , implica que el capital podrá incrementarse o disminuirse en función del crecimiento que experimente la sociedad en cuestión, es decir, sin necesidad de tener que llevar a cabo procedimientos complejos.

Y de acuerdo al tipo de constitución nos encontramos con las siguientes: de capital o compañía anónima (las obligaciones sociales estarán garantizadas por un capital determinado y los socios solo estarán comprometidos a responder por el monto de las acciones que ostentan por lo cual una vez cancelado el monto de su acción quedarán desligados de todo tipo de obligación que haya asumido la empresa y que se encuentre por arriba del monto de su acción), de sociedad o compañía a nombre colectivo (las obligaciones se garantizan por la responsabilidad ilimitada y solidaria que asumen cada uno de los socios, por tanto, todos los socios deberán responder llegado el caso que la empresa tenga que asumir alguna deuda, por ejemplo; y si un socio no pudiera hacerlo por causas de insolvencia, entonces, por la mencionada solidaridad, el resto de los socios deberán asumir los costos de él. Como consecuencia del altísimo riesgo que implica, esta modalidad de sociedad prácticamente se encuentra en desuso hoy día) de sociedad mixta (es una combinación de las dos anteriores, porque hay algunos socios que solamente responderán ante una determinada suma y otros que deberán responder por la totalidad de las obligaciones de la compañía) y de sociedad limitada (las obligaciones quedan garantizadas por un capital determinado que está dividido en cuotas de participación).

5.2 OPERACIONES DE CREDITO
Artículo 1o.- Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o transmisión de títulos de crédito, o se hayan practicado con éstos, se rigen por las normas enumeradas en el artículo
2o., cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del título, y por la Ley que corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos, en los demás casos.
Las operaciones de crédito que esta Ley reglamenta son actos de comercio.
Artículo 2o.- Los actos y las operaciones a que se refiere el artículo anterior, se rigen:
I.- Por lo dispuesto en esta Ley, y en las demás leyes especiales, relativas; en su defecto,
II.- Por la Legislación Mercantil general; en su defecto,
III.- Por los usos bancarios y mercantiles y, en defecto de éstos,
IV.- Por el Derecho Común, declarándose aplicable en toda la República, para los fines de esta ley, el Código Civil del Distrito Federal.

MI OPINION
El contrato es una especie de convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones.
Una sociedad mercantil es aquella sociedad cuya mision es la consecucion de dos o mas actos de comercio. La clasificacion de esta dependera del tipo de capital social o viable y al tipo deconstitucion se encuentran con el capital o compañia anónima, de sociedad o compañia a nombre colectivo, de sociedad mixta y de sociedad limitada. Las operaciones de crédito es su emisión, expedición, endoso, aval y aceptacion de los títulos de crédito.

Sunday, December 11, 2016

4. TÍTULOS DE CRÉDITO

Títulos de crédito
Los títulos de crédito vienen de la doctrina Italiana, y es un invento italiano de los comerciantes de la Edad Media y el Renacimiento, ya que son usados en esa época, como documentos- valor, que representan dinero y protegidos por firmas personales de los que los usan. Sirvieron para trasladar cantidades de dinero, por Europa, sin necesidad de portar monedas metálicas de oro o plata. Los asaltantes de los caminos
de Europa, se vieron burlados, por los comerciantes italianos que solamente portaban papeles escritos, como fue el uso de la letra de cambio y más adelante el cheque, ya que fueron documentos- valores o títulos valores, los que circularon, y hoy siguen circulando en el comercio.
Los títulos de crédito, se llaman así, por respeto histórico, recordando a la letra de crédito que origina su naturaleza y estructura, a esos documentos- valor
representantes cantidades de dinero; y que la Ley Gral. De títulos y operaciones, así los reconoce.
Los titulos de Credito, tienen como función la finalidad jurídica y la economía, ya que agilizan las transacciones mercantiles y las facilitan.

CONCEPTO
Rafael de Piña, en su Diccionario de Derecho, los denomina Títulos de crédito a los documentos que autoriza al portador legítimo para ejercitar contra el deudor y transferir el derecho literal y autónomo en ellos consignado.
En México, la ley expresa su concepto y el Artículo 1º. de la Ley Gral. De Títulos y
Operaciones de crédito, expresa que son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación, y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y obligaciones derivados de los actos y contratos que hayan dado lugar a la emisión o transmisión de títulos de
crédito, o se hayan practicado con éstos, se rigen por las normas enumeradas en el Artículo 2º. , cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del título, y por la ley que corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos en los demás casos.
Las operaciones de crédito que esta ley reglamenta son actos de comercio.
El Artículo 5º. De la misma ley, ya mencionada, expresa que son títulos de crédito, los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
La letra de cambio, es entre los títulos de crédito, el que forma el estudio de los títulos de crédito, originando el denominado Derecho cambiario, según opina el Autor Raúl Cervantes Ahumada, y por ello se entreteje la Doctrina legal de los Títulos de crédito,
que sigue la vigente Ley Gral. De Títulos y Operaciones de Crédito de 1932 (entró en vigor el 15 de septiembre de 1932).
Ya en el México Colonial y de la independencia, las ordenanzas de BILBAO, reglamentan la letra de cambio.
El autor Enrique Sariñana, en su libro Derecho Mercantil, señala que título de crédito es el documento por el cual se autoriza al portador legítimo para ejercitar contra el deudor y transferir el derecho literal y autónomo en el consignado.
El autor Clemente Soto Álvarez, en su libro prontuario de Derecho Mercantil, observa que los Licenciados Puente y Calvo, se expresan de los Títulos de Crédito, que la letra de cambio es un título de crédito que contiene la orden incondicional (que una persona llamada girador da a otra llamada girado, de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario, en época y lugar determinados). El autor Amado Athié Gutiérrez, se refiere a los Títulos de Crédito, en su libro Derecho Mercantil,
como Título de crédito, es el documento necesario, para existencia de un derecho de carácter literal, personal, legítimo, patrimonial, consustancial, autónomo, destinado a circular.
El Artículo 6º. De la Ley Gral. De Títulos y operaciones de Crédito, distingue a los
documentos que no son Títulos de Crédito y solamente son comprobantes, facturas, hojas de remisión, boletos de autobús, o avión, y cualquier papel de identificación. El artículo, dice, las disposiciones de este capítulo no son aplicables a los boletos, contraseñas, fichas u otros documentos que no estén destinados a circular, y sirvan
exclusivamente para identificar a quien tiene el derecho a exigir la prestación que en ellos se consigna.
A veces, la doctrina los llama títulos impropios, o documentos que no producen afectos legales de Títulos de Crédito.
A) Clases de Títulos de Crédito.
Los Títulos de crédito, son de diferentes clases, así tenemos los que la doctrina
elabora:
a) Título de Crédito de origen Público y de origen Privado. Los títulos de crédito que
emanan del Poder Público, son emitidos por el Estado o sus instituciones públicas, como los Tesobonos, los bonos de deuda pública, bonos del ahorro nacional, los CETES, Los Títulos de Crédito, emitidos por particulares, como las letras de cambio,
el pagaré, etc.
b) Títulos de Crédito Nominativos, a la orden y al portador.
El artículo 21 de la Ley Gral. De Títulos y operaciones de Crédito, regula a los Títulos nominativos y al portador, según la forma de su circulación.
El Artículo 23, de la ley ya mencionada dice que son Títulos nominativos los
expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el mismo texto del documento; el Artículo 26, de ésta ley, dice que pueden ser transmisibles por endoso y entrega del Título mismo sin perjuicio de que puedan transmitirse por cualquier otro medio legal.
El Artículo 25 de la mencionada Ley, expresa que éstos Títulos de Crédito, se
entenderán siempre, a la orden, salvo inserción en el texto, de “no a la orden” o “no negociable”.
Los títulos nominativos, generalmente se inscriben en un registro emisor, y solamente se reconocen a los inscritos, según lo dispone el Artículo 24 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Los Títulos de Crédito a la orden, no requieren de un registro emisor y para
transmitirlos solamente se endosa y se entrega el propio Título, según el Artículo 26 de dicha Ley ya mencionada. A la orden es una cláusula que debe ser pagado el Título, a favor de la persona a la que se le expide, o que goza de la propiedad del Título vía endoso.
Tanto en los Títulos nominativos como a la orden, según el Artículo 18 de la ley, antes citada, que la transmisión del Título de Crédito implica el transpaso del derecho principal en el consignado y, a falta de estipulación en contrario la transmisión del derecho a los intereses y dividendos caídos, así como de las garantías y demás derechos accesorios.
El Artículo 38 de la Ley citada, se refiere, a que es propietario de un Título nominativo, o a la orden, la persona a cuyo favor, se expida, y no haya un endoso escrito en el mismo Título, y sí existe, el propietario es el último tenedor.
Los Títulos de Crédito al portador, según el Artículo 69 de la Ley Gral. De Títulos de Crédito, expresa que son Títulos al portador los que no están expedidos a favor de la persona determinada, contengan o no la cláusula “al portador”.
Y El Artículo 70 de la citada Ley, agrega que los Títulos de Crédito al portador se
transmiten por simple tradición.
c) Individuales y Seriales. Son Títulos de Crédito individuales, o singulares, los que se emiten en cada caso, en una operación frente a una persona concreta.
Los Títulos de Crédito Seriales o en masa, constituyen una serie de Títulos emanados de la declaración de voluntad frente a la pluralidad indeterminada de personas, cómo las acciones de una Sociedad Anónima.
d) Unicos y con copias o plurales. Los Títulos Únicos, existe ellos solos, no aceptan copias. Los Títulos con copias o plurales, al nacer, se pactan copias o duplicados, según lo dispone el Artículo 117 de la Ley Gral. De Títulos y Operaciones de Crédito.
e) Simples y Complejos. Los Títulos de Crédito, simples, son aquellos que otorgan una sola prestación, como el pagaré y los complejos originan diversas prestaciones como las acciones, dan derecho al voto, a la propiedad del la acción, etc.
f) De Pago y de Crédito. Son Títulos de Crédito, para pago exclusivamente los
cheques. Los de Crédito, son los Títulos que representan una operación de crédito o el crédito mismo, como la letra de cambio o el pagaré.
g) Principales y accesorios. Los Títulos de Crédito, principales, valen por sí mismo y no están bajo la dependencia de otro Título; como una letra de cambio, es el ejemplo.

MI OPINION
Títulos de Crédito son los documentos necesarios paraejercitar el derecho literal que en ellos se consigna. Los artículos 1, 2, 5, 6, 21, 23, 26, 25, 24, 18, 36, 69, 70 y 117 hablas sobre estos. Nos dicen que son cosas mercantiles, cuando no se puede ejercitar o cumplir un título de crédito, son documentos necaesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna, distingue los documentos que no son títulos de crédito, clases de títulos de crédito, títulos de crédito de origen público y de origen privado, títulos de crédito normativos, y finalmente como se transmiten.

Wednesday, November 9, 2016

3. EMPRESA

¿Qué es una empresa?

*Una empresa es una organización de personas que comparten unos objetivos con el fin de obtener beneficios.

*Una empresa es una unidad productiva agrupada y dedicada a desarrollar una actividad económica con ánimo de lucro. En nuestra sociedad, es muy común la creación continua de empresas.

Las empresas se pueden clasificar de la siguiente manera:

Sectores EconómicosEl origen de su capital.Su TamañoConformación de su capitalEl pago de impuestosEl número de propietariosLa función socialLa forma de explotación

Las empresas se pueden clasificar de la siguiente manera:

Sectores EconómicosEl origen de su capital.Su TamañoConformación de su capitalEl pago de impuestosEl número de propietariosLa función socialLa forma de explotación

CARACTERISTICAS DE UNA EMPRESA

* Cuentan con recursos humanos, de capital, técnicos y financieros 
* Realizan actividades económicas referentes a la producción, distribución de bienes y servicios que satisfacen necesidades humanas. 
* Planean sus actividades de acuerdo a los objetivos que desean alcanzar. 
* Son una organización social muy importante que forman parte del ambiente económico y social de un país. 
* Son un instrumento muy importante del proceso de crecimiento y desarrollo económico y social. 
* Para sobrevivir debe de competir con otras empresas, lo que exige: modernización, racionalización y programación. 
* El modelo de desarrollo empresarial reposa sobre las nociones de riesgo, beneficio y mercado. 
* Es el lugar donde se desarrollan y combinan el capital y el trabajo, mediante la administración, coordinación e integración que es una función de la organización. 
* La competencia y la evolución industrial promueven el funcionamiento eficiente de la empresa. 
* Se encuentran influenciadas por todo lo que suceda en el medio ambiente natural, social, económico y político, al mismo tiempo que su actividad repercute en la propia dinámica social.

Elementos:

Establecimiento: lugar estratégico, (estudio de mercado)

Clientela: consumidores

Nombre social o comercial: nombre de la empresa

Marca: prestigio distintivo para diferenciarse de otras

Importancia:

Incremento constante de la productividad:organización eficiente de los factores productivos.

Proveer de bienes a la sociedad: incrementar la producción para satisfacer las necesidades de los demandantes.

Objetivos:

Definida la misión, es necesario establecer unos objetivos concretos a alcanzar, que deben tener las siguientes características:

Cuantificables.

Medibles.

Redactados de forma breve, concisa y clara.

Alcanzables.

Tener un responsable único.

Controlados periódicamente.

Los objetivos de la empresa deben ser coherentes con la misión y entre sí. Cabe establecer objetivos según el nivel de la empresa: generales, por unidad de negocio, por departamento.

OPINION
En si la empresa es el organismo social integrado por elementos humanos, técnicos y materiales cuyo objetivo principal es la obtencion de utilidades. Estas se clasifican en industriales, comerciales y de servicio.
Esta conformada por factores activos y pasivos. Lo activos: personas fidcas, accionistas, suministradores y proveedores, trabajadores, administradores, clientes y colaboreadores y compañeros.
Los factores pasivos: todos los que son usados por los activos como materias primas, transporte, tecnologia, conocimiento, contratos financieros, etc.


https://debitoor.es/glosario/definicion-empresa

http://m.monografias.com/trabajos75/onjetivos-importancia-empresa/onjetivos-importancia-empresa.shtml

Friday, November 4, 2016

2. ACTOS DE COMERCIO

2. ACTOS DE COMERCIO

     1. ARTICULO 75 DEL ACTO DE COMERCIO
Artículo 75. La ley reputa actos de comercio: 

I. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles ó mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados ó labrados; 

II. Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial; 

III. Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles; 

IV. Los contratos relativos á obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio; 

V. Las empresas de abastecimientos y suministros; 

VI. Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados; 

VII. Las empresas de fábricas y manufacturas; 

VIII. Las empresas de transportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo; 
(Reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 1934) 

IX. Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas; 

X. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda; 
(Reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2006) 

XI. Las empresas de espectáculos públicos; 

XII. Las operaciones de comisión mercantil; 

XIII. Las operaciones de mediación en negocios mercantiles; 

XIV. Las operaciones de Bancos; 

XV. Todos los contratos relativos al comercio marítimo y á la navegación interior y exterior; 

XVI. Los contratos de seguros de toda especie; 

XVII. Los depósitos por causa de comercio; 

XVIII. Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos; 

XIX. Los cheques, letras de cambio ó remesas de dinero de una plaza á otra, entre toda clase de personas; 

XX. Los vales ú otros títulos á la orden ó al portador, y las obligaciones de los comerciantes, á no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio; 

XXI. Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil; 

XXII. Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene á su servicio; 

XXIII. La enajenación que el propietario ó el cultivador hagan de los productos de su finca ó de su cultivo; 

XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; 
(Adicionada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2000) 

XXV. Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código. 
(Reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2000) 

En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial.

     2.CONCEPTO DOCTRINAL
El acto de comercio, en definitiva, es el acto jurídico que distingue entre casos que entran en la órbita del derecho mercantil y aquellos propios de la rama civil. Existeb, de todas formas, actos de comercio depende de las normativas vigentes en cada país. Estas normas se encargan de establecer el alcance, la capacidad y la competencia de dichos actos, según los procedimientos que le correspondan.

OPINION
El acto de comercio es el acto jurídico que distingue las cosas que entran al derecho mercantil y aquellos del civil. La regulación de estas dependen de las normativas vigentes en cada país.
Actos de comercio: compras y ventas de bienes inmuebles, de porciones, accionrs y obligacionrs de las sociedades mercantiles, las empresas de fábricas y manifacturas, las operacionrs de bancos etc.

BIBLIOGRAFIA
* Www.juridicas.unam.mx/legislacion/ordenamiento/codigo-de-comercio
* Definicion.de/acto-de-comercio/

Tuesday, September 27, 2016

1. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO MERCANTIL

1. EL COMERCIO Y COMERCIANTE

Comercio: Es una actividad económica del sector terciario que se basa en el intercambio y trabsporte de bienes y servicios entre diversas personas o naciones. El término también es referido al conjunto de comerciantes de un país o una zona, o al establecimiento o lugar donde se compra y vende productos.

Comerciante: Se refiere a las personas que son objeto de regulación específica por el Derecho Mercantil, por lo tanto son comerciantes las personas que, de manera habitual, se ocupan en alguna de las actividades que las leyes mercantiles consideran actos de comercio. La habitualidad es un elemento fundamental de la definicón pues no toda persona que realice un acto de comercio ocasional es considerado comerciante, sino que solo es considerado como tal por el Derecho Percantil a quien se dedique al comercio de forma habitual.

Los origenes del comercio se remontan a finales del neolítico, cuabdo se instituyó la agricultura. Al principio era una agricultura de subsitencia, donde las cosechas obtenidas eran las justas para la población dedicada a los asuntos agrícolad. Sin embargo, a medida que iban incorporandose nuevos desarrollos en esta actividad, las cosechas obtenidas eran cada vez mayores y los excedebtes facilitaron un intercambio local de otros bienes por alimentos, que dieron paso al trabajo con los metales, nuevas formas de asentimientos urbanos, etcertera.
A lo largo de la Edad Media, empezaron a surgir unas rutas comerciales transcontinentales que intentaban suplir la alta demanda europea de bienes y mercancíad. Entre las rutas más famodas destaca la ruta de la seda, pero también habia otros importantes como las rutas de importación de especies.


2. NACIMIENTO DEL DERECHO MERCANTIL Y CONCEPTO

Derecho Mercantil: Es la rama del derecho que regula los derechos, las relaciones juridicias y la conducta de las personas y empresas dedicadas al comercio.

El Derecho Mercantil es una rama del derecho privado que surge como necesidad ante factores económicos, políticos y sociológicos. En Roma, no vamos a encontrar referencias concretas al derecho mercantil ya que Lus Civile, Lus gentium y Lus Henorium dieron flexibilidad necasaria al sistema para posibilitar las relaciones comerciales entre los distintos pueblos. Durante la Alta Edad Media, al resurgir las ciudades, vamod a encontrar las primeras de sus estatutos escritos. Estos gremios darán lugar a corporaciones que crearon tribunales consulares en los que se aplicaban los usos y costumbres de la época, los cuales fueron recopilandose y perfeccionandose a través del tiempo.


3. AUXILIARES DEL COMERCIANTE 

Los auxiliares del comercio consideran su actividad independiente, puesto que prestan sus servicios al comercio en general, sin depender directamente de algún comerciante, se clasifican fundamentalmente en:

Comisionista: el comerciante que por lo regular es el comodante confiere comisión mercantil al comisionista, quien desempeña la realización de actos concretos de comercio, mediante la instrucción que aquél le da por escrito.

Agentes de Comercio: Son quienes auxilian al comercio y que de manera autónoma se encarga de fomentar los negocios de los comerciantes.

Corredores: Son personas ante las que se proponen, ajustan y otorgan los contratos mercantiles.

Agentes aduanales: Son quienes intervienen en el trámite de la importación y exportación de mercancías y tienen la autorización de la patente respectiva.

Contadores Públicos: Profesionales que auxilian a los comerciantes en el examen de la situación de sus empresas y llevan el sistema de contabilidad correspondiente.


MI OPINION

El comercio es el intercambio de bienes y servicios entre personas o naciones.

El comerciante es la persona que de maner habitual al comercio.

El origen del comercio se dio cuando se instituyó la agricultura. La población comenzo cosechando para ellos pero con el tiempo la agricultura se fue desarrollando y geberaron mas cosechas, el cual les permitio intercambiarlas por otras cosas con distintos pueblos.

El derecho mercantil es la rama del derecho que regula los derechos de las personas y empresas que se dedican al comercio.

Los auxiliares del comercio prestan su servicio en general, sin depender de algun comerciante.

Auxiliares: Comidionistas, Agebtes de Comercio, Corredores, Agentes Aduanales y Contadores Públicos.

* Conceptodedefinicion.de/comercio/

* Definicionlegal.blogspot.mx/2013/01/concepto-de-comerciante.html?m=1

* Www.elmundo.com.ve/firmas/moises-bittan/origenes-e-importancia-del-comercio-internscional.aspx

* Definicionlegal.blogspot.mx/2013/01/derecho-mercantil-definicion.html?m=1

* Es.jurispedia.org/index.php/origen_del_derecho_mercantil_(es)

Thursday, September 15, 2016

TEMARIO DERECHO MERCANTÍL

1. INTRODUCCIÓN
     1. EL COMERCIO Y EL COMERCIANTE.

     2. NACIMIENTO DEL DERECHO MERCANTUL Y CONCEPO.

     3. AUXILIARES DEL COMERCIANTE.


2. ACTOS DE COMERCIO

     1. ARTÍCULO 75 DE CÓDIGO DE COMERCIO.

     2. CONCEPTO DOCTRIBAL.


3. EMPRESA


4. TITULOS DE CRÉDITO


5. CONTRATOS MERCANTILES

     1. SOCIEDADES MERCANTILES.

     2. OPERACIONES DE CRÉDITO.

Presentacion

Hola, muy bueno dias.
Mi nombre es Gloria, este blog sera dedicado al Derecho Mercantil.
Con el fin de comprender y discutir sus temas sin importar en que lugar se encuentren.